Privacidad y Políticas Públicas
Difusión de contenido sexual privado sin consentimiento y los medios de comunicación
10/09/2016
Imagina que abres tu perfil de Facebook, Twitter o Instagram y lo primero que ves es una foto sexual tuya con tu nombre, celular y correo… O que un día alguna amiga o amigo te avisa que encontró un video sexual tuyo en una página de pornografía. Historias como esas no representan hechos “aislados”, provocadas por personas “raras”, sino reflejan la lógica de género que se manifiesta en distintos ámbitos de la vida diaria: laboral, familiar, escolar y amoroso, por mencionar algunos. En mi opinión, la explosión de las “Tecnologías de la Información y la Comunicación” (TICs) ha impactado en la manera de perpetuar la violencia de género habitual, lo cual presenta nuevas discusiones comenzando por el alcance global de las nuevas tecnologías, especialmente el uso de las redes sociales a través del internet.
El fenómeno al que hago referencia es al que llamo “difusión de imágenes o videos sexuales privados sin el consentimiento de la víctima”1. ¿Qué entiendo por imágenes o videos sexuales? No sólo aquellos en las que aparecen las víctimas desnudas o realizando actos sexuales, sino incluso aquéllos en los que aparecen en ropa interior o en posiciones “sugerentes”. Resulta necesario aclarar que el entendimiento del componente “sexual”, por supuesto, es dinámico y varía espacial y temporalmente. Actualmente es posible encontrar muchas imágenes que pueden considerarse “sexuales” en las mismas redes sociales de las personas (por ejemplo: fotos en las que las mujeres aparecen en bikini o semidesnudas en la cama). El componente “sexual” al que me refiero, por lo tanto, depende del segundo componente que señalo: tiene que tratarse de un material sexual “privado”. Es decir, material que la víctima misma no difunde públicamente, sino sólo en contextos de “privacidad” o “intimidad”. El fenómeno que me interesa, por lo tanto, tiene que ver con la violación a la privacidad.
Ahora ¿quiénes son las víctimas? Mujeres. Sí, de acuerdo con un estudio realizado por Cyber Civil Rights Project2 el 90% de las víctimas de este fenómeno son mujeres3, de las cuales alrededor de 67% tenían entre 18 y 30 años4. Si bien los hombres también pueden ser víctimas de este fenómeno, las cifras son claras y muestran que las mujeres frecuentemente son objeto de ataque. En este sentido, considero que se puede afirmar que en la mayoría de los casos —de hombres y mujeres— la difusión tiene que ver con el género: esto es, con las concepciones que se tienen de la sexualidad femenina y/o masculina. Las mujeres “deben” ser “recatadas” y no mostrar que son seres sexuales5 (aunque sí sexualizados, basta con mirar la publicidad llena de mujeres en poca ropa promocionando productos, por ejemplo), de lo contrario son señaladas por su conducta “inmoral” y son clasificadas como “zorras”, “putas” y “golfas” por los demás miembros de la sociedad. Por otra parte, los hombres “deben ser “masculinos”, de lo contrario su “virilidad” es atacada (cuántas pláticas hemos escuchado sobre el tamaño del pene y la absurda conexión con “lo viril”) e incluso se les compara con mujeres para demeritar sus conductas (los clásicos: corres como niña, no llores como mujercita).
En la sociedad persiste la idea de que al enviar una fotografía, ya no puedes decidir qué puede hacer el receptor con ella. Aún leo y escucho comentarios de las personas en los que plantean: que fue culpa de la chica por tomarse una foto y enviarsela a su novio, que fue culpa de la mujer casada grabar un video con su esposo teniendo relaciones sexuales. Siempre he pensado que estas posturas que culpan a la víctima6 equivalen al: si no usaras vestidos tan cortos, él no te hubiera violado; si no te hubieses emborrachado, no te habrían manoseado; si no salieras de tu casa, no te acosarían… Los comentarios están mal dirigidos, intentan legitimar y justificar conductas que no pueden tolerarse y deben sancionarse.
Al pensar sobre la reproducción de estereotipos, los roles de género y lo que pueden hacer los hombres o las mujeres, reparé sobre el poder que tienen los medios de comunicación para difundir una idea o postura entre la sociedad, por ejemplo, los hombres pueden ejercer plenamente su sexualidad y quedar como héroes ante las demás personas, lo cual en las mujeres nunca estará bien visto. ¿Cuántas personas en verdad cuestionan lo que escuchan en las noticias o leen en los periódicos? Tristemente no las suficientes.
Los medios de comunicación juegan un papel muy importante en la formación de juicios entre la ciudadanía sobre cualquier asunto político, deportivo o artístico y tienen la posibilidad de permear en el imaginario colectivo positiva o negativamente. Desafortunadamente, en la mayoría de las noticias que se relacionan con la difusión de imágenes y videos sexuales privados sin consentimiento de la persona que aparece en tal material, la postura que tiende a adoptarse por los presentadores o periodistas no es la adecuada, puesto que culpa a la víctima por “colocarse” en esa situación y poco se hace por señalar al responsable, a aquél que difundió el material íntimo sin consentimiento alguno.
En un episodio de 2015, John Olivier7 habló en su programa sobre la violencia de género en línea y presentó una recopilación de videos de noticieros estadounidenses en los cuales la constante era “sugerir a las mujeres que no se tomasen fotos desnudas para terminar con el problema”. ¿Verdaderamente ésa es la solución? Por supuesto que no, entendamos que el problema es vulnerar el derecho a la vida privada de otra persona al distribuir un archivo que, aun cuando haya sido generado con el consentimiento de la persona que aparece en él, no debió reenviarse o publicarse sin consentimiento. En este sentido, cuando una persona envía una fotografía sexual a otra existe una expectativa de confidencialidad; el consentimiento otorgado en un contexto no puede trasladarse a otra situación.
No obstante, ¿qué pasa si nunca se enviaron los archivos y estaban guardados en la nube? Este supuesto fue muy sonado a mediados del 2014: crackers accedieron ilegalmente a las cuentas de iCloud de Jennifer Lawrence8 y otras actrices y cantantes en Estados Unidos y publicaron fotografías sexuales privadas de estas mujeres en sitios como 4chan y Reddit. Sí, ellas también fueron re victimizadas por los medios y la sociedad. Ahora bien, quiero resaltar que también existen casos documentados de mujeres que fueron víctimas de este fenómeno y que ni siquiera “posaron para la cámara”. Por ejemplo, Erin Andrews9, una reportera de ESPN, fue grabada a escondidas por un acosador que se hospedó en la habitación contigua del hotel en el que ella se estaba quedando; el video de varios minutos donde ella aparecía desnuda fue subido a páginas pornográficas y ha sido reproducido millones de veces. ¿Cuál sería una razón “válida” para culpar a Erin por lo que sucedió? Aquí no existe lugar para frases como: ¡para qué te tomas fotos!, ¿a quién se le ocurre mandarle fotos desnuda a su novio? No. En este caso ni siquiera existió la intención de la víctima de tomarse una selfie desnuda o grabar un video mientras tenía relaciones con otra persona. Lo que sucedió fue únicamente responsabilidad del agresor10, del hombre que primero la grabó sin su consentimiento y además difundió el video en línea.
Al revisar diversos contenidos producidos por los medios de comunicación, encontré algunos puntos que me gustaría compartir. En principio, prevalece el consejo11 (o más bien advertencia) sobre no tomarse fotografías o grabar videos sexuales; o sea, se piensa que al evitar la captura de fotografías, no dañarás tu integridad y pondrás en peligro tu reputación. Esto, como expliqué anteriormente, no garantiza que no existirán archivos creados sin tú consentimiento, además de que continúa con limitaciones hacia la víctima (no hagas esto, ni aquéllo).
Otra caracteristica que me pareció relevante es que, en el caso de México, se ha hecho mucha referencia a situaciones en las que estaban involucradas menores de edad y rara vez se repara sobre la prevalencia del fenómeno en mujeres adultas. Al enfocarse en adolescentes, se utiliza equivocadamente el término de sexting para referirse tanto al envío de imágenes sexuales entre dos personas con consentimiento, como a su posterior difusión con terceros, esta segunda parte, como expliqué pertenece al fenómeno sobre el que hablo en este artículo. En este contexto, el envío de fotos se hace llamar “la nueva prueba de amor”12 y, nuevamente, se sugiere no hacer caso a tales peticiones. Por otro lado, si bien me parece muy importante prevenir y atender el fenómeno entre las personas menores de edad, no debe soslayarse que también existen casos en los que las víctimas son personas adultas victimizadas por sus ex parejas con las que tenían una relación estable.
Pese a todo lo anterior, no toda la información es negativa. Los medios también han comenzado a promover la cultura digital13, investigar sobre el tema y alertar a los menores sobre los riesgos de navegar en internet y contactar con personas que no conocen en la vida real. Este enfoque me parece positivo, de hecho, una de las formas en las cuales se puede prevenir que sucedan casos de distribución de imágenes sexuales privadas sin consentimiento es precisamente mediante la educación. Reitero que la educación no debe girar en torno a lo que no tenemos que hacer las mujeres: tomar fotos, grabar videos, expresar nuestra sexualidad de la manera que deseemos y con base en lo que indica el marco jurídico. En otras palabras, los programas y campañas deben enfocarse en el respeto al derecho a la vida privada de las demás personas, enseñar que si alguien nos comparte una fotografía sexual privada no debemos reenviarla, entender que hombres y mujeres somos libres de vivir nuestra sexualidad sin estar atadas a estereotipos ni roles de género.
Para finalizar, comparto algunas recomendaciones en caso de que alguien, desafortunadamente, sea víctima de la difusión de imágenes y videos sexuales privados sin consentimiento. Además, incluyo varios tips para prevenir que se siga propagando el fenómeno.
Ya me pasó, ¿qué hago?
- Inmediatamente, toma capturas de pantalla de los archivos que están en línea así como los vínculos electrónicos.
- Pide orientación a las autoridades. En el caso de la Ciudad de México, existe una unidad de policía cibernética14 la cual puede orientarte para presentar una denuncia ante el Ministerio Público. En lo que hace a Brasil15, existen departamentos de policía especializada en crímenes cibernéticos en varios estados.
- Si has sufrido acoso por terceras personas, también toma capturas de pantalla y los datos de redes sociales, correos electrónicos y número celular según corresponda.
- Contacta16 a los administradores del sitio web donde están guardadas las fotos y exige que el contenido sea retirado17.
Recomendaciones para prevenir:
- Cambia constantemente las contraseñas de todas tus cuentas y procura utilizar números, palabras y signos. Evita utilizar la misma contraseña en más de dos cuentas.
- Si recibes una fotografía de alguien más, no la distribuyas por ninguna vía y, de preferencia, destrúyela.
- Si envías fotografías, asegúrate de que exista una relación de confianza con esa persona.
- Aquí18 hay más recomendaciones.
Por último, no te diré “no te tomes fotos” pues, como mencioné anteriormente, esto es equivalente a decir “no uses faldas o ropa entallada” para “prevenir” el abuso sexual. No se trata de culpar y castigar a las víctimas sino de sancionar las conductas ilícitas.
Cualquier duda, comentario y demás, me encuentras en Twitter: @Fer_gom_b
Fernanda Gómez Balderas es estudiante de último semestre de la Licenciatura en Derecho en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). Participó como asistente de investigación en un proyecto de evaluación del marco normativo y políticas públicas sobre tabaco, alcohol y dieta para la Organización Panamericana de la Salud en el O’Neill Institute for National and Global Health de Georgetown University en Washington, D.C., E.U.A. Asimismo, estudió un semestre de intercambio en la Facultad de Derecho de McGill University en Montreal, Canadá. Entre los temas que se ha dedicado a investigar, se encuentran la gestación por sustitución, mutilación genital femenina, sexting y violencia de género en línea (especialmente la difusión de imágenes sexuales privadas sin consentimiento), entre otros.
Actualmente es pasante en la Suprema Corte de Justicia mexicana.
1 Entre otros términos que se utilizan para referirse a este fenómeno, pero en mi opinión son equivocados, están: sexting, revenge porn (sexo-revancha) y sextorsión.
8 http://www.cnnexpansion.com/tecnologia/2014/09/01/las-fotos-jennifer-lawrence-fueron-robadas-de-icloud
9 http://www.huffingtonpost.com/entry/erin-andrews-espn-interview_us_56d5a975e4b0871f60ecac66?utm_hp_ref=erin-andrews
10 Durante el juicio se discutió sobre la posible responsabilidad del hotel al no actuar diligentemente y hospedar al hombre en la habitación contigua sin preguntarle a Erin Andrews previamente si ella estaba de acuerdo. Ello, pues el hombre, al llegar al hotel, preguntó directamente por el número de habitación de Erin.
11 http://television.televisa.com/programas-tv/hoy/especialistas/2016-04-14/akamai-transcodingpghoy-20160414debate/
17 En los casos de Facebook, Twitter, Microsoft y Google, ya se tomaron medidas para retirar el contenido o borrar el vínculo para que no aparezca en el buscador, según sea el caso.
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